Aspectos Generales
La expresión Jubilación para Amas de Casa, se utiliza para denominar informalmente a una moratoria previsional de la AFIP, la cual permite a una persona comprar los años de servicios para acceder a una jubilación. Esta dirigida fundamentalmente a personas
que nunca realizaron aportes (por eso se llama “amas de casa”), pero también se utiliza para comprar los años de servicios faltantes a quienes si bien, tienen aportes, no llegan a los requeridos por la legislación vigente para obtener la jubilación. Para acceder a este beneficio, se deben reunir los requisitos que se detallan a continuación:
1) Tener un mínimo de 60 años de edad, en el caso de las mujeres o bien 65 años en el caso de los hombres
2) Completar los 30 años de servicios mínimos requeridos por el sistema previsional vigente
3) Poseer la Clave Fiscal ( que se tramita en AFIP)
4) No ser beneficiaria/o de otra prestación (en este caso, deberá abonarse la deuda previamente al ingreso del expediente a la ANSES)
Aspectos Particulares
Moratoria Ley 24476 (para hombres y mujeres)
Esta moratoria, permite regularizar deudas por aportes como autónomos desde el 01/01/1955 – fecha de creación de la caja de autónomos – hasta el 30/09/1993. Los aportes pueden comenzar a realizarse a partir de los 18 años de edad. En el caso de
los extranjeros que hubieran ingresado al país con posterioridad a los 18 años, podrán incorporar aportes a partir de la fecha de ingreso al país. El acceso al beneficio de jubilación pagando solo la primera cuota de la moratoria, está directamente relacionado con la fecha de nacimiento, ya que como se enunciara màs arriba, la fecha de comienzo de aportes tiene que ver con la fecha en que cumple los 18 años y hasta el 30/09/1993.
Moratoria Ley 26.970 (solo para mujeres)
Esta moratoria continúa vigente para las mujeres que cumplan la edad jubilatoria (60 años, y menores de 65 años), prevista en el artículo 37 de la Ley N° 24.241. Los períodos a incluir deben estar comprendidos entre el 01/01/1955 al 31/12/2003. Los aportes pueden comenzar a realizarse a partir de los 18 años de edad. En el caso de los extranjeros que hubieran ingresado al país con posterioridad a los 18 años, podrán incorporar aportes a partir de la fecha de ingreso al país. La deuda podrá cancelarse de contado o en un plan de hasta 60 cuotas, cuyos importes se adecuarán trimestralmente mediante la aplicación del índice de movilidad. En ambos casos, tanto para la moratoria ley 26.970 y para la moratoria ley 24.476, se deberá pasar un análisis socioeconómico que realizan Anses y Afip en forma conjunta. El análisis socioeconómico, entró en vigencia a partir del 02/04/2018.